No te equivoques y protégete con la Ley Devuélveme Mi Casa

Trámites Notariales

Importante Información para Corredores  de Propiedades y Propietarios con inmuebles en Arriendo.

La Ley N° 21.461, «Ley Devuélveme mi Casa», implementó cambios significativos en el ámbito de los arrendamientos urbanos en Chile.

Esta legislación representa un avance significativo para los derechos de los propietarios al ofrecer un proceso más expedito para recuperar la propiedad en casos de no pago de arriendo, gastos comunes y servicios (luz, agua, etc..) o incumplimiento del contrato.  

Bastantes corredores de propiedades están haciendo los contratos de arrendamiento, sin utilizar trámite notarial, algunos incluso de manera totalmente online con firma virtuales. Sin embargo, estos corredores si bien actúan de buena, se equivoca y podrían estar haciéndoles un flaco favor a sus clientes, los dueños y propietarios.  Ya que para la total aplicación de la “Ley Devuélveme mi Casa” es necesaria y crucial la «autorización notarial de firmas» en los contratos de arriendo.

En el artículo 20 de la Ley de Arrendamiento de Bienes Raíces Urbano, fue modificado por la Ley Devuélveme Mi Casa de  la siguiente manera: “En los contratos de arrendamiento regidos por esta ley que consten por escrito, las firmas de los contratantes serán autorizadas por un notario público, quien deberá solicitar los títulos que habiliten al arrendador a ceder el uso del inmueble respecto del cual recaiga el contrato.”  Este requisito añade una capa adicional de seguridad legal para que el contrato sea reconocido adecuadamente en cualquier procedimiento judicial en tribunales, en especial en el procedimiento monitorio, una de las herramientas mas efectivas de los propietarios contra los malos arrendatarios. La falta de esta formalización notarial puede resultar en complicaciones adicionales para activar los beneficios de la nueva ley.

Los contratos de arriendo firmados únicamente con firma electrónica simple (FES) o firma electrónica avanzada (FEA), y sin autorización notarial no cuentan con la total protección de la «Ley Devuélveme mi Casa».

Si eres propietario, debes exigir que tus contratos de arrendamientos sean firmados en notaria, como paso esencial para que protejas tu inversión y te resguardes contra malos arrendatarios.

Por último te informamos cuál es la documentación necesaria para firmar de la mejor manera un contrato de arrendamiento con toda la protección de La Ley Devuélveme mi Casa:

  1. Cédula de Identidad vigente de Arrendador, Arrendatario y Codeudor o codeudores en caso de haberlos
  2. Contrato de Compraventa o Inscripción de dominio del Conservador de Bienes Raíces a nombre del Arrendador.

En Notaria San Joaquín estamos para orientarlos y atenderlos de la manera más eficiente y posible. ¡Que tengan un buen día!

Créditos Foto:  Marla Prusik en Unsplash

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